• Existe legislación al respecto, pero nunca se ha sabido de que alguien pise la cárcel por matar a un  animal.

 

Abandono de perros, venta ilegal, sacrificio masivo de canes, falta de reglamentos de protección a los animales y muertes crueles son algunos de los factores por el cual en lugar de celebrar el Día Mundial de los Animales este 4 de octubre, tenemos que lamentarlo, porque no ha habido autoridad alguna de cualquier nivel  de gobierno que haya puesto un freno a esta ola de violencia hacia los animales, así lo denunció el Secretario Estatal de Ecología del Partido Verde, Jaime Serrano Domínguez.

 

Indicó que actualmente solo los ayuntamientos de Aguascalientes, Tepezalá y Jesús María han aprobado en sus cabildos un Reglamento de Protección Animal, pero vemos como se sigue matando a perros, gatos, ardillas, mapaches y demás especies sin que hayan las autoridades sancionado enérgicamente a las personas que cometieron estos actos, “los puedes quemar, atropellar, ahogar, colgar, descuartizar y los delitos seguirán impunes porque no hay interés de nadie para meter a la cárcel a las personas que atentan contra la vida de estos animales”.

 

El dirigente ecologista, Jaime Serrano Domínguez explicó que el Congreso del Estado en la LXI Legislatura aprobó modificaciones a la Ley de Protección a los Animales para que los ayuntamientos pudieran generar un Padrón de Mascotas, además de que tuvieran un Reglamento de Protección a los Animales “sin embargo, no se han visto resultados favorables, solo algunos ayuntamientos lo tienen o lo han empezado a medias y así no se pueden aplicar políticas públicas por que ignoran cuántos hay, de qué raza, si tienen dueño o son callejeros, qué enfermedades tienen”.

 

De acuerdo al Portal de Transparencia  y con una fecha de hace seis meses existen peticiones hacia los ayuntamientos para conocer si tienen un estimado de mascotas, “Calvillo contestó que tienen 11 mil 221; Jesús María 15 mil; San Francisco de los Romo 168 y San José de Gracia mil 600, son cantidades que no son lógicas pero al menos tienen algo de trabajo comenzado, pero falta ahora ver qué se hará con esta población que día a día está creciendo sin control alguno”. Cabe destacar que en medios impresos con fecha de septiembre del año pasado el ayuntamiento de Aguascalientes reportaba que tenía registrados 35 mil mascotas.

 

Jaime Serrano Domínguez, Secretario Estatal de Ecología del Partido Verde añadió que el objetivo principal de festejar el 4 de octubre es para celebrar la vida animal en cualquiera de sus formas, y se planean eventos especiales alrededor de todo el mundo, sin embargo, las acciones de las autoridades locales dista mucho de qué hablar, además de la pésima cultura que tiene la sociedad en torno al cuidado de los animales.

 

Agregó que legislación al respecto Aguascalientes si tiene, hay de multas económicas, apercibimientos, inhabilitaciones incluso cárcel de hasta 3 meses, sin embargo, el problema es que por más que se denuncian los actos la autoridad se dice incapaz de dar con los responsables en la mayoría de los casos y cuando los detecta no hay sanciones ejemplares a fin de inhibir estos actos, “se deberán de incrementar las penas, para con ello evitar la reincidencia”.

 

SANCIONES LEGALES AL RESPECTO

 

CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

 

En el Capítulo  XVIII “Tipos Penales Protectores del Equilibrio Ecológico” en su artículo 191 en su fracción VI establece cárcel de uno a tres meses de prisión a quien cause la muerte o lesiones que afecten la salud de animales domésticos y los que deambulan en la vía pública, sin justificación o autorización legal, además de que deberá pagar una multa y la sanción va de 10 a 50 días, más el  pago de la reparación de daños y perjuicios ocasionados; así como de 1 a 6 meses de inhabilitación para poder realizar cualquier actividad relacionada con la salud, cuidado, resguardo o comercio de animales.

 

LEY PARA DE PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

 

De acuerdo a su artículo 79 establece que son infracciones a la presente ley, realizar actos de crueldad hacia cualquier animal, organizar, inducir o provocar peleas de cualquier especie animal, salvo las excepciones previstas en esta Ley. Las sanciones que señala para estos actos destaca: primero amonestación y si es reincidente sanción que puede ir hasta un arresto administrativo de 36 horas.

 

REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN Y TRATO DIGNO A LOS ANIMALES DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

 

ARTÍCULO 25.- Todo acto de crueldad hacia un animal de cualquier especie, ya sea intencional o imprudencial será sancionado en los términos del presente reglamento.

 

Capítulo I de las Sanciones

 

ARTÍCULO 115.- Se consideran faltas leves a este reglamento la infracción de lo establecido en este reglamento, con las excepciones que marquen los siguientes párrafos. Al infractor de dichas disposiciones, podrá ser sancionado con multa de 2 a 20 días de salario mínimo vigente en el Estado. Se consideran faltas medias a este reglamento, lo establecido en el artículo 24 y 25. Al responsable de estas conductas podrá ser sancionado con multa de 21 a 100 días de salario mínimo vigente en el Estado.

 

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