Amnistía Internacional, Equis Justicia para las Mujeres y la Red Nacional de Refugios, hacen un llamado urgente al Estado mexicano para que cumpla con su deber de prevenir y atender las violencias contra las mujeres durante la “Jornada de Sana Distancia”. La petición obedece a que las medidas de confinamiento establecidas para prevenir la propagación del COVID-19, intensifican el riesgo de violencia doméstica[1] y, por tanto, tal como lo señala el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), es preciso que se mantengan activas todas las acciones y servicios necesarios para prevenir, atender, juzgar y sancionar la violencia contra las mujeres y las niñas.
En este sentido, las tres Organizaciones de la Sociedad Civil (OSCs) advierten la necesidad de que se agilice el proceso para dotar de recursos a los Refugios que alojan y protegen a las mujeres que han vivido violencia, los cuales fueron incluidos en el catálogo de “servicios esenciales” durante la cuarentena para mitigar la expansión del COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020.
Apenas este 7 de abril, la Secretaría del Bienestar publicó los Lineamientos para la distribución y operación de los recursos que están etiquetados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2020, para el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos. Esto quiere decir que, a la fecha, los Refugios continúan operando con sus reservas de dinero y a través de donativos, en momentos en los que, de acuerdo con la Red Nacional de Refugios, los 29 refugios y 9 casas de emergencia y de tránsito con los que cuenta se encuentran al 80 o hasta más del 100 por ciento de su capacidad.
Si bien a partir del 8 de abril se abrirá el periodo para la presentación de proyectos, y esto sin duda es un paso importante para que los Refugios cuenten con el presupuesto necesario para operar, existen varias preocupaciones. Por un lado, se solicita la presentación de requisitos estrictos, particularmente difíciles de cumplir en esta contingencia[2]; por otro lado, los lineamientos indican que el recurso se entregará en un plazo de máximo 30 días hábiles posteriores a la firma de los convenios con cada Refugio, lo que significaría estar recibiendo aproximadamente la primera ministración del recurso asignado a principios del mes de junio. Esto vulnera la operatividad de los Refugios y, por lo tanto, los servicios de protección especializados para mujeres y en su caso, sus hijas e hijos.
Por ejemplo, se solicita la presentación de documentos que dependen de instancias ajenas a los propios Refugios y que, debido a la suspensión de labores de dependencias gubernamentales, podrían no estar en poder de los Refugios obtenerlos. Tal es el caso de los documentos expedidos por la Secretaría de Salud o cualquier otra dependencia federal correspondiente.
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